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¿CUÁNTO CUESTA UNA SUCESIÓN?

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Cuánto cuesta "TU" sucesión - Presupuesto

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¿CUÁNTO sale UNA SUCESIÓN en argentina? Costo de una sucesión en 2024

(actualizado a enero de 2023)

La pregunta más frecuente: ¿Cuánto sale una sucesión? 

Una de las preguntas más frecuentes, que nos llegan todos los días, es ¿cuánto me sale una sucesión?    Pues bien, sin conocer datos certeros, no se le podrá decir cuánto van a ser los gastos de toda la sucesión, pero sí es posible orientarlo con las principales pautas. Para una estimación más precisa, por favor consulte completando el formulario o contactándose aquí.

¿Cuánto sale una sucesión? Costos transparentes. Abogados especialistas. Honorarios accesibles. Ley de honorarios. Costo de una sucesión. ¿Cuánto cuesta? Duración de la sucesión - ¿Cuánto tarda? - Venta por tracto abreviado

Inicialmente, hay que distinguir 2 erogaciones: honorarios profesionales (que se pueden pactar) y gastos (que no se pueden modificar). Ambos conceptos son importantes, y en ocasiones no infrecuentes, cuando los patrimonios son importantes, los gastos pueden superar a los honorarios.

¿Cómo se calculan los honorarios? Componente esencial del costo de una sucesión.

Suele ser un elemento fundamental al momento de tomar la decisión.  Por ello, nos ocupamos de aclarar las principales dudas:

¿Qué prevé la ley sobre la forma de calcular los honorarios, para calcular el costo de una sucesión?   

¿Los honorarios se calculan sobre el valor fiscal? ¿O el costo se calcula según el valor real, de mercado? 

La legislación vigente establece honorarios porcentuales sobre el valor de los bienes (o la porción respectiva) que componen el acervo hereditario.  

En la legislación nacional (ley 27423) oscilan entre el 6 y el 16,5 % (arts. 35 y 21) “sobre el valor del patrimonio que se transmite, inclusive los gananciales” (el art. 23, por ej. respecto de inmuebles, prevé como referencia la valuación fiscal fiscal + 50% -inc.a)-, pero "reputándose ésta inadecuada al valor real del inmueble", se prevé la forma de determinación del valor real, contemplando hasta la tasación judicial, si es necesaria).  Para mayor información sobre la ley 27423 consulte aquí.

En la Ciudad de Buenos Aires, según la reciente ley 5134, el rango va desde 8,25% hasta el 18,75% con similar previsión para los bienes gananciales (art. 35, mientras que el art. 25.a prevé también la forma de determinación del valor real). 

Y en la Provincia de Buenos Aires, desde octubre de 2017 rige la ley 14967, que en su art. 35 fija una escala del 6 al 20 % de los bienes a transmitir, incluyendo los gananciales. La nueva ley modifica, entre otras cosas, los cálculos por etapas procesales y fija como pauta el valor fiscal para el impuesto al acto, salvo que "constare en el proceso un valor de tasación o venta superior a la valuación fiscal" y prevé la posibilidad de determinar el valor real: "En el caso que el profesional inadecuado el valor ... podrá estimar su valor conforme lo previsto en el artículo 27 inc. a) ... , en cuyo caso el porcentaje de la regulación respecto de ese inmueble no podrá superar el 12% del valor que finalmente se determine judicialmente".  

Esto no incluye los gastos (ver abajo). 

¿Se puede acordar honorarios distintos? Esto suele reducir el costo de una sucesión.

Sí, claro. En base a nuestra experiencia, siempre recomendamos acordar por escrito, antes de iniciar el trámite, el monto y la forma de pago, ya que la regulación judicial suele ser mucho más alta que la que se puede establecer de común acuerdo (máxime cuando se trata de bienes de valor muy importante, como por ej., campos, establecimientos rurales o industriales, etc.). Muchos profesionales omiten informar estos aspectos al inicio, bajo la falsa impresión de que "no es necesario preocuparse" por eso; así es como una vez realizada la tarea comienzan a reclamar montos que sorprenden a los clientes cuando ya es tarde para discutirlo. 

Además, el acuerdo despeja todas las dudas asociadas a la incertidumbre del costo final del servicio. La incidencia porcentual de los honorarios se pacta en función de la importancia de los bienes a transmitir: a mayor valor de los bienes, menor porcentaje.

¿Cuáles son las alternativas para acordar los honorarios? Así se conoce de antemano el costo de una sucesión.

El estudio pone a disposición de sus clientes una amplia variedad de formas y condiciones para pactar y abonar los honorarios profesionales por los servicios vinculados con el trámite sucesorio. A veces se pacta, por ej. un monto fijo al inicio, en cuotas;   otras veces, se paga el total al finalizar, con la venta del bien (naturalmente, la primera forma es más económica); también puede darse variadas combinaciones de alternativas de cuantificación y forma de pago.

Además, al especializarnos en la materia, nos permite estudiar cada caso en detalle y ofrecer al cliente un acuerdo flexible y competitivo, a su medida en materia de honorarios, contemplando la situación particular

Cada caso es único. Por ello siempre nos ponemos a disposición para conversar y acordar el monto y la forma de abonar los honorarios. Consu lte sin compromiso aq , para obtener una cotización para su caso. 

Nos proponemos no ser un problema, sino una solución para usted y la circunstancia que le toca atravesar.

PRECAUCIONES EN MATERIA DE COSTOS a la hora de encarar una sucesión. RECOMENDACIONES

Siempre recomendamos hablar transparentemente de estos temas antes de iniciar cualquier proceso. 

Lamentablemente, en estas cuestiones se presenta una asimetría en el conocimiento que coloca al cliente en desventaja si no se le explican las importantes consecuencias económicas de todo proceso sucesorio.

Notamos que a menudo la gente se entera de sus obligaciones cuando el proceso ya está muy avanzado, y recién entonces advierte que tiene un conflicto de interés con el colega que no le explicó el costo de la sucesión. Nos llegan muchas consultas en esa situación, y aunque se puede mejorar algo la situación, se pierde muchísimo margen cuando la situación está planteada de este modo.

¿Cuáles son los primeros gastos para iniciar una sucesión?

Los gastos en la tramitación de una sucesión son graduales. Los gastos para iniciar el proceso no son tan significativos como se piensa: hasta la declaratoria, lo más oneroso son los edictos (un requisito para dar publicidad a la sucesión y citar herederos), y en general son bastante accesibles. Los gastos mayores (ver abajo) van a depender de los bienes, su valor y el lugar de tramitación del proceso.  Es por ello que sin conocer esos datos no se puede dar información certera.

Lo primero es la obtención de las partidas que acrediten los vínculos entre el fallecido y los herederos (en la sucesión “ab intestato” - sin testamento, como se explica más adelante), la planilla de inscripción en juicios universales, el bono y los edictos.  Todos son gastos relativamente menores.

¿Qué otros gastos hay que prever? Tasa de justicia, impuesto a la herencia, etc.

Sin perjuicio de los honorarios, que mencionamos más arriba, la inscripción es la etapa en la que los costos son mayores. El gasto total depende de qué bienes existen y de dónde tramita la sucesión.

En la Ciudad de Buenos Aires, al momento de inscripción en el Registro de la Propiedad, se paga la Tasa de Justicia del 1,5% del valor proporcional de los bienes que entran en la sucesión y los gastos de inscripción, que también son bajos.

En Provincia de Buenos Aires, los gastos son un poco mayores: se abona 2,2% de Tasa de Justicia, más Sobretasa de Justicia (10% del monto de la tasa, es decir, un 0,22% del total).  Asimismo, se pagan ingresos brutos y cargas previsionales. 

Si no es un departamento, es necesario realizar una agrimensura. Este costo dependerá del agrimensor que se contrate. Y la actualización del estado parcelario frecuentemente incremente (inexorablemente) el valor sobre el cual se calculan los gastos.

También hay otros gastos menores, como son los informes de dominio y de inhibiciones y su diligenciamiento, la valuación fiscal y la inscripción ante el registro de la propiedad inmueble u automotor si correspondiese.

Y según la jurisdicción, puede haber impuesto a las transmisiones gratuitas (que se conoce como "impuesto a la herencia"), como en la Provincia de Buenos Aires. Para más información, puede consultar en el sitio de A RBA las respuestas a las preguntas más frecuentes. Pero puede ser un costo significativo en algunos casos. 

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Honorarios accesibles, en CUOTAS (consulte aquí).

Consulte por nuestro plan para tramitar la sucesión SIN ADELANTO de honorarios. 

Consulte aq  o al 15 6439 84 33 (Wsap p) / Skype / Chat / o email a info@estudio-breit.com.ar

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® (Por Alejandro Breit) - Derechos registrados. Prohibida su reproducción sin la autorización del autor.

 

Tema: ¿CUÁNTO CUESTA?

tasas e impuestos

alfredo 20.04.2017
hola quería saber cuanto y cuales impuesto o tasas debo pagar en una sucesión por tres propiedades de $2.135.000. Desde ya gracias por su atención

Re: tasas e impuestos

Estudio Breit 20.04.2017
Muchas gracias por tu comentario. Hay datos que no surgen de tu consulta (último domicilio del causante, radicación de los bienes, entre otros datos). Te invitamos a contactarnos, para analizar las particularidades de tu caso, si lo deseas, sin compromiso. Por favor contactanos por mail (info@estudio-breit.com.ar) o por tel (1564398433) para poder orientarte mejor. Saludos.

Sucesion

Ariel 05.04.2017
Buenas noches queria saber el valor de una propiedad en sucesion.

Re: Sucesion

Estudio Breit 05.04.2017
Hola Ariel. En realidad, no entendemos bien la consulta. No te sé decir el valor de una propiedad, pero la sucesión en sí no modifica su valor. Si querés, podés escribir a info@estudio-breit.com.ar. O llamar al 1564398433. O también usar el formulario de contacto (si no es presupuesto igualmente podés detallarlo en comentarios). Saludos

Re: Sucesion

Brandan enrique 22.04.2017
Una casa esquinera 4 dormitorio comedor cocina y baño y lavadero 12 de ancho por 25 de largo

Re: Sucesion

Estudio Breit 23.04.2017
Sigo sin saber cómo responderte. No somos tasadores. Si necesitás saber el valor de la sucesión, por favor comunicate como te propusimos, y te pasamos una propuesta, sin compromiso. Saludos.

Inscripcion

Laura 31.03.2017
Hola! Nostros ya le pagamos los honorarios al abogado, pero el mismo nos dice que el tramite de inscripcion de la propiedad es de 22000 pesos cuando la tasación fiscal es de 175000 pesos. Esta bien que el tramite salga tanto teniendo en cuenta que los honorarios ya estan pagos?

Re: Inscripcion

Estudio Breit 01.04.2017
Gracias por la consulta. No estoy seguro de entender bien. Si Uds. pactaron un honorario y lo pagaron, no deberían pagar otro honorario. Como gasto, estimo que no debería ser tan alto el importe, pero no conozco el caso, ni los detalles. Si son gastos, les recomiendo pedir al profesional a cargo un detalle de los gastos que les exigen pagar, que así como lo describen, lucen desproporcionados. Saludos.

Re: Re: Inscripcion

Omar 30.05.2017
Enicie una sucesión la cu al esta terminada,los onorario los fijo el juez.cuando tengo que abonar , cuando se venda la propiedademás o terminada la sucesión.

John

Smithk863 23.03.2017
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sucesion

Raquel 19.03.2017
Buenas noches, Mi madre estaba haciendo sucesion de la casa de mi abuela, que vivia en Santiago del Estero,mi mama fallecio en la pcia de Buenos Aires, hace 4 meses y mis tios me piden que hagamos mi hermana y yo la declaratoria de herederos.Averiguando me piden que hagamos la sucesion de nuestra casa ,porque mi papa murio en el 2012,pero nunca hicimos la sucesion,tiene conexion para hacer la sucesion de mi casa para que puedan seguir el tramite en Santiago del estero? desde ya muchas gracias y espero su respuesta

Re: sucesion

Estudio Breit 19.03.2017
Muchas gracias por tu comentario. Lo que necesitás es la sucesión de tu madre, pero sí, si la vas a hacer, te conviene tramitar todo junto, y también ordenar los papeles de tu padre, para que luego, no tengas que hacer otra sucesión aparte (cuando la hacés junto con la de tu madre, es más económica, en la práctica, porque se hace todo junto una sola vez). Para ver más detalles, te invitamos a contactarnos, sin compromiso, por mail (info@estudio-breit.com.ar) o por tel (1564398433) para poder orientarte mejor. Saludos.

Sucesion

Florencia 15.03.2017
Hola mi consulta es la siguiente mi abuelos tienen 3 propiedades, mi abuelo falleció y mi abuela vive, sólo tienen dos hijas mi madre y mi tía la cual se apoderó de todas las propiedades , se puede a través de una sucesión lograr q mi mamá obtenga lo que le corresponde por ser hija reconocida, a pesar de que mi tia tenga las propiedades a su nombre?. Espero su respuesta.

Re: Sucesion

Estudio Breit 17.03.2017
Muchas gracias por tu comentario. Efectivamente, se puede reclamar lo que le corresponde en la sucesión. Te invitamos a contactarnos, sin compromiso, por mail (info@estudio-breit.com.ar) o por tel (1564398433) para poder orientarte mejor. Saludos.

sucesion duplex en mar del tuyu

maria antonia marti 12.03.2017
Soy viuda no hace un ano quiero vender duplex tengo 3hijos una c pequena discapacidad tengo la casa donde vivo yo y mi hijo en otro dpto en mismo terreno en capital quiero vender duplex cuanto me saldria

Re: sucesion duplex en mar del tuyu

Estudio Breit 13.03.2017
Muchas gracias por tu comentario. Hay datos que no surgen de tu consulta. Te invitamos a contactarnos, para analizar las particularidades de tu caso, si lo deseas.Por favor contactanos por mail (info@estudio-breit.com.ar) para poder orientarte mejor. Saludos.

consulta lote

gabriela 07.03.2017
buenas tardes mi consulta es la siguiente nos ofrecieron un lote fue adquirido al dueño por tracto abreviado y firmado por la unica heredera pero resulta q la dueña actual no escrituro ya que no era su intencion quedarselo ahora bien este hombre fallecio y la escribania nos informa que hay 3 herederos mas cuales serian los pasos a seguir

Re: consulta lote

Estudio Breit 08.03.2017
Entiendo, deberías resolverlo en la inmobiliria o escribanía. La inscripción por tracto abreviado está ok.

Herencia de primo

Marcelo 06.03.2017
Hola, mi consulta es por una herencia de inmueble por el fallecimiento, de mi primo, el era hijo unico y sin hijos.
Es en GBA, que costos y que tiempo dura el trámite? puedo vivir en la propiedad?
Slds.

Re: Herencia de primo

Estudio Breit 08.03.2017
Muchas gracias por tu comentario. Hay datos que no surgen de tu consulta. Te invitamos a contactarnos y programar una consulta en el estudio, para analizar las particularidades de tu caso, si lo deseas.Por favor contactanos por mail (info@estudio-breit.com.ar) para ver mejor algunos detalles y poder orientarte mejor. Saludos.

problemas de sucesión

Nestor 06.03.2017
primero falleció mi padre, mi hermano realizo la sucesión y la escritura quedo a nombre de mi mama y de mi hermano; pero nosotros somos 5 hermanos en total. Hace 4 años falleció mi mama
como quedaría la sucesión? no deberíamos esta en la primera sucesión? no es un delito poor parte de mi hermano no habernos incluido en la sucesión?. Gracias

Re: problemas de sucesión

Estudio Breit 06.03.2017
Muchas gracias por tu consulta. Entiendo que sí, deberían figurar todos. Más allá del eventual delito, te comento que pueden pedir ser incluidos en esa sucesión, aun cuando haya pasado mucho tiempo. Y la de tu madre también pueden hacerla ahora. Si se inscribió antes la de tu padre, y eso modifica los derechos de tu madre (no sería el caso si eran bienes gananciales), habría que inscribir primero la ampliación de la declaratoria, y luego la eventual declaratoria en el sucesorio de tu madre. Cualquier duda, te invitamos a contactarnos directamente. Saludos.

Sucecion

Gustavo 24.02.2017
Debido al Conflicto que tengo con mi hermano desp. de Fallecidos mis padres iniciamos la sucesión por separado con dos Abogados distintos.(Por Desconfianza) En mi caso Particular Yo Hace 25 Años que Alquilo y mi Hermano se Construyo en el lote de mis padres con el permiso de ellos- Desde hace 15 años les vengo pidiendo de hacer una subdivisión. Pero Nunca se hizo y tampoco se hicieron los planos correspondientes de dicha propiedad. Valor Fiscal $91000-. Valor Real de las 2 Prodes u$u155000.- Cuanto puede ser el costo Total de la Sucesión y desp. como sigue si el no quiere hacer la subdivisión . Puedo Obligarlo a Vender ? Espero Rta Gracias

Re: Sucecion

Estudio Breit 24.02.2017
Muchas gracias por tu comentario. Hay datos que no surgen de tu consulta. Te invitamos a contactarnos y programar una consulta en el estudio, para analizar las particularidades de tu caso, si lo deseas.

Declaratoria de herederos

Carola 09.02.2017
Esta casi finalizada la declaratoria de herederos. Madre fallecida y padre vivo. Es normal q el abogado me cobre 10 % del valor de los bienes???? Nada más que por la declaratoria me cobra 500000.

Re: Declaratoria de herederos

Estudio Breit 12.02.2017
Como comentamos en la nota, los abogados tienen derecho a esos porcentajes. Por eso recomendamos negociar claramente de antemano el costo de la sucesión (que normalmente se puede negociar en bastante menos, cuando los bienes son valiosos), de modo de no tener este tipo de ingratas sorpresas. Si lo deseas, te propongo que nos contactes para una consulta (info@estudio-breit.com.ar o cualquiera de las demás vías de contacto disponibles en la página), para evaluar mejor tu caso, y proponerte, si es posible, una forma de minimizar ese costo en una negociación o regulación judicial.

SUCESIÓN

SCOVASSO NORMA AMALIA 07.02.2017
COMENZAMOS SUCESIÓN HACE 6 AÑOS EN CIPOLLETTI, RIO NEGRO, PADRE FALLECIDO HACE 65 AÑOS EN CÓRDOBA Y MADRE HACE 6 AÑOS EN EL LUGAR. ES NORMAL QUE DEMORE TANTO?. NO OBTENEMOS NINGUNA RESPUESTA.

Re: SUCESIÓN

Estudio Breit 08.02.2017
Hola. No es normal que tarde tanto, pero no estamos en la jurisdicción para poder ofrecerte una opinión fundada en el examen del expediente. Sugerimos consultar otro profesional en la zona. Saludos.

Herencia

Rosa 24.01.2017
Buen día consulto mi abuela falleció ella tenía 4 hijos de los cuales uno falleció a corta edad y mi madre hace 10 años de los cuales quedaríamos mi hermano y yo como se divide la herencia ??? Mi padre tiene participación en la misma?? Lo q está dentro del inmueble es herencia?Q pasa si los hijos se llevaron todo puedo pedir un resarsitorio?? O hacer una demanda por daños y perjuicios ? Gracias espero su respuesta

Re: Herencia

Estudio Breit 30.01.2017
Muchas gracias por tu consulta. Entiendo que sí, podes hacer un reclamo, pero te pido que por favor te contactes por mail (info@estudio-breit.com.ar) para ver mejor algunos detalles y poder orientarte mejor. Saludos.

Sucesión

María 11.01.2017
Qué saldria hacer una sucesión para una casa de Florencio Varela más o menos creo que estaría en 800000 somos 4 hermanas mi mamá fue juntada nada más porque está casada con otra persona , había un auto pero se vendió con firma de mi padre

Re: Sucesión

Estudio Breit 11.01.2017
Gracias por tu consulta por el presupuesto. Si no me equivoco, ya estamos en contacto por mail. Si no, por favor escribir a info@estudio-breit.com.ar o llamar al 1564398433. Saludos

consulta

Juanjo 11.01.2017
Para la sucesion de una propiedad se toma el valor fiscal o el valor real del mercado ?

Re: consulta

Estudio Breit 11.01.2017
Depende de la ley local. Lo general es tomar el valor real, pero aun cuando se toma el valor fiscal, en general se hace con agrimensura, que actualiza mucho el valor fiscal, y se aproxima mucho más al real.

Tiempo

cecilia 05.01.2017
Hola, mi marido y mi cuñada heredaron el 30 % de la propiedad de su padre fallecido, es un ph con local en el barrio de nuñez, mi duda es, una vez hecho el presupuesto, acordar la forma de pago y todo lo necesario, en cuanto tiempo real se tiene la sucesion terminada? Mi mail es cecitaz23@hotmail.com

Muchas gracias

Re: Tiempo

Estudio Breit 05.01.2017
Muchas gracias por tu consulta. Te pasamos el presupuesto por mail. De tiempos, calculá unos 4 meses, apurando el trámite (hay pasos que demoran inevitablemente).

susecion

ariel parente 26.12.2016
hola, mi papá fallecio hace 2 años, soy hijo unico y queria saber cuanto me podria salir la sucecion de la casa y terreno, soy de provincia de buenos aires.

Re: Costo de sucesion

Estudio Breit 26.12.2016
Muchas gracias por tu comentario. Por favor contactanos (por cualquiera de los medios de la sección de contacto) y te lo cotizaremos concretamente, sin compromiso. Saludos.

sucesion

Hernan 22.12.2016
Hola mi padre fallecio en eeuu y mi hermana vive alla. aca en argertina tenemos dos propiedades que tendríamos que hacer sucesion, el tema que con mi hermana no tengo buena relacion y no aporta informacion ni ayuda en nada, mi idea es vdner las propiedades ya que no dispongo de tiempo para mantenerlas, seu que mi padre alla tenia 2 autos y una cuenta bancaria, pero mas datos no tengo. pero puntualmente como serian los pasos a seguir. desde ya muchas gracias

Re: sucesion

Estudio Breit 23.12.2016
Gracias por la consulta. Si tu padre vivía allá, lo principal de la sucesión se hace allá. Allá sería válido, por ej. que haya testado a favor de tu hermana. Pero no me queda claro si vivía allá o si estaba de visita. Acá, efectivamente, se hace la sucesión por los inmuebles, únicamente, si vivía allá. Necesitás el acta de defunción apostillada y tu partida de nacimiento para empezar. Por favor comunicate con nosotros, que te orientaremos sin compromiso. Tenemos varios casos de sucesiones internacionales como la que mencionás. Saludos

Donación 20% de bienes heredabels ante escribano publico

Marcelo 15.12.2016
Hola, les paso a contar mi situacióny la de mi hno. Hace unos años mi tío, el hno de mi mamá, nos donó el 20% de lo que poseia en ese mto, ante escribano publico y en presencia de testigos. Por lo que tengo entendido es lo que permite la ley, ya que mi tio tenia 2 hijos de los que nunca se hizo cargo y no puede desheredarlos. Queria saber si esa donacion/testamento es valida y podemos reclamar ese 20%. La cuestion es que en 2012, mi mamá no pudo hacerse más cargo de él y le pidio a su hija que se ocupara. Ésta se lo llevó a Paraná, lo ubicó en un geriátrico y meses más tarde falleció allá. Pero su último domicilio, el que figura en su dni, es de Capital Federal, no creo que tuvieran tiempo de modificarlo. Ademas las prop que tiene (1 casa y 2 cocheras) estan en Capital. Supuestamente iniciaron en Paraná su sucesión pero no corresponde hacrla en Capital? Y podemos hacer algún tipo de reclamo con mi hno?
Desde ya muchas gracias.

Re: Donación 20% de bienes heredabels ante escribano publico

Estudio Breit 19.12.2016
Gracias por tu consulta. Por lo que decís, su último domicilio fue en Paraná. De hecho fue así, aunque el DNI dijera otra cosa. Que los bienes estén acá no es problema. En síntesis, por lo que contás, creo que está bien que tramite allá. Con respecto al testamento, deberías reclamarlo allá, en su sucesión. Consultá un abogado de la zona. Pero habría que ver si no lo revocó. Consultá, por las dudas, al escribano que lo instrumentó, que muy probablemente se habría enterado.

Re: Re: Donación 20% de bienes heredabels ante escribano publico

Marcelo 19.12.2016
Gracias por su respuesta. Por lo que tengo entendido, según la escribana no hubo ninguna revocatoria, es más, mis primos se enteraron de la donación cuando se los reclamamos despues de la defunción.
Me queda una duda, cómo se toma Paraná como último domicilio. Según lo que leí, para la sucesión se toma el último domicilio registrado. Por lo que sabemos el útlimo domicilio registrado donde llega abl y demás es su casa de Capital, en la que vivió hta que lo llevaron a Paraná. Paraná se considera último domicilio porque estuvo en un geriátrico o es el domicilio de defunción?.

Re: Donación 20% de bienes heredabels ante escribano publico

Estudio Breit 20.12.2016
El domicilio es un hecho. No depende de un registro. Si se prueba un lugar de residencia con volundad de habitar en él, ése es el domicilio. Y el geriátrico reuniría, salvo casos excepcionales, ese requisito. Además, el certificado de defunción en un caso así seguro consigna el geriátrico como último domicilio. El certificado se puede cuestionar, en ese aspecto, con prueba en contra, pero si vivía allá de hecho, no hay mucho más para discutir.

Cesión de derechos sucesorios y sucesión

Vanesa 15.12.2016
Para poder terminar la compra de mi depto en el boleto se incluyo la cesion x la parte heredable de uno de los herederos que no tenia sucesion hecha. La prop tenia 5 herederos, los 5 hermanos de la dueña de la prop, por lo cual cada uno poseia 1/5 parte del bien. Cuatro de los hnos habian fallecido x lo cual los hijos eran sus heredero, pero en el caso de uno de ellos, sus hijas no habían hecho sucesión, por lo cual se hizo la cesión. Mi consulta es cuanto me va a costar dicha sucesión, teniendo en cuenta que la fallecida x la cual nos toca hacer la sucesion, no tenia bienes propio de ningun tipo, sólo la quinta parte del bien heredado que es el depto que compramos. Gracias.

Re: Cesión de derechos sucesorios y sucesión

Estudio Breit 19.12.2016
Muchas gracias por tu comentario. Lamentablemente, nos faltan datos para poder darte un presupuesto concreto. Por favor contactanos (por cualquiera de los medios de la sección de contacto) y te lo cotizaremos concretamente, sin compromiso. Saludos.

Re: Re: Cesión de derechos sucesorios y sucesión

Vne 19.12.2016
La cesión de derechos nos costó U$S 10.000, que es lo único que heredaba la fallecida por la cual nos toca hacer sucesión.

Re: Cesión de derechos sucesorios y sucesión

Estudio Breit 20.12.2016
Gracias. Por favor contactanos por cualquiera de las otras vías y te presupuestamos sin compromiso.

Re: Re: Cesión de derechos sucesorios y sucesión

Vanesa 23.12.2016
Cuál seria otra vía? La de la parte superior la quise utilizar pero en las opciones no se encuadra lo que busco.. Les envío un mail?

Re: Cesión de derechos sucesorios y sucesión

Estudio Breit 28.12.2016
Hola. Sí, podés escribir a info@estudio-breit.com.ar. O llamar al 1564398433. O también usar el formulario de contacto (si no es presupuesto igualmente podés detallarlo en comentarios). Saludos
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