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¿CUÁNTO CUESTA UNA SUCESIÓN?

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¿CUÁNTO sale UNA SUCESIÓN en argentina? Costo de una sucesión en 2024

(actualizado a enero de 2023)

La pregunta más frecuente: ¿Cuánto sale una sucesión? 

Una de las preguntas más frecuentes, que nos llegan todos los días, es ¿cuánto me sale una sucesión?    Pues bien, sin conocer datos certeros, no se le podrá decir cuánto van a ser los gastos de toda la sucesión, pero sí es posible orientarlo con las principales pautas. Para una estimación más precisa, por favor consulte completando el formulario o contactándose aquí.

¿Cuánto sale una sucesión? Costos transparentes. Abogados especialistas. Honorarios accesibles. Ley de honorarios. Costo de una sucesión. ¿Cuánto cuesta? Duración de la sucesión - ¿Cuánto tarda? - Venta por tracto abreviado

Inicialmente, hay que distinguir 2 erogaciones: honorarios profesionales (que se pueden pactar) y gastos (que no se pueden modificar). Ambos conceptos son importantes, y en ocasiones no infrecuentes, cuando los patrimonios son importantes, los gastos pueden superar a los honorarios.

¿Cómo se calculan los honorarios? Componente esencial del costo de una sucesión.

Suele ser un elemento fundamental al momento de tomar la decisión.  Por ello, nos ocupamos de aclarar las principales dudas:

¿Qué prevé la ley sobre la forma de calcular los honorarios, para calcular el costo de una sucesión?   

¿Los honorarios se calculan sobre el valor fiscal? ¿O el costo se calcula según el valor real, de mercado? 

La legislación vigente establece honorarios porcentuales sobre el valor de los bienes (o la porción respectiva) que componen el acervo hereditario.  

En la legislación nacional (ley 27423) oscilan entre el 6 y el 16,5 % (arts. 35 y 21) “sobre el valor del patrimonio que se transmite, inclusive los gananciales” (el art. 23, por ej. respecto de inmuebles, prevé como referencia la valuación fiscal fiscal + 50% -inc.a)-, pero "reputándose ésta inadecuada al valor real del inmueble", se prevé la forma de determinación del valor real, contemplando hasta la tasación judicial, si es necesaria).  Para mayor información sobre la ley 27423 consulte aquí.

En la Ciudad de Buenos Aires, según la reciente ley 5134, el rango va desde 8,25% hasta el 18,75% con similar previsión para los bienes gananciales (art. 35, mientras que el art. 25.a prevé también la forma de determinación del valor real). 

Y en la Provincia de Buenos Aires, desde octubre de 2017 rige la ley 14967, que en su art. 35 fija una escala del 6 al 20 % de los bienes a transmitir, incluyendo los gananciales. La nueva ley modifica, entre otras cosas, los cálculos por etapas procesales y fija como pauta el valor fiscal para el impuesto al acto, salvo que "constare en el proceso un valor de tasación o venta superior a la valuación fiscal" y prevé la posibilidad de determinar el valor real: "En el caso que el profesional inadecuado el valor ... podrá estimar su valor conforme lo previsto en el artículo 27 inc. a) ... , en cuyo caso el porcentaje de la regulación respecto de ese inmueble no podrá superar el 12% del valor que finalmente se determine judicialmente".  

Esto no incluye los gastos (ver abajo). 

¿Se puede acordar honorarios distintos? Esto suele reducir el costo de una sucesión.

Sí, claro. En base a nuestra experiencia, siempre recomendamos acordar por escrito, antes de iniciar el trámite, el monto y la forma de pago, ya que la regulación judicial suele ser mucho más alta que la que se puede establecer de común acuerdo (máxime cuando se trata de bienes de valor muy importante, como por ej., campos, establecimientos rurales o industriales, etc.). Muchos profesionales omiten informar estos aspectos al inicio, bajo la falsa impresión de que "no es necesario preocuparse" por eso; así es como una vez realizada la tarea comienzan a reclamar montos que sorprenden a los clientes cuando ya es tarde para discutirlo. 

Además, el acuerdo despeja todas las dudas asociadas a la incertidumbre del costo final del servicio. La incidencia porcentual de los honorarios se pacta en función de la importancia de los bienes a transmitir: a mayor valor de los bienes, menor porcentaje.

¿Cuáles son las alternativas para acordar los honorarios? Así se conoce de antemano el costo de una sucesión.

El estudio pone a disposición de sus clientes una amplia variedad de formas y condiciones para pactar y abonar los honorarios profesionales por los servicios vinculados con el trámite sucesorio. A veces se pacta, por ej. un monto fijo al inicio, en cuotas;   otras veces, se paga el total al finalizar, con la venta del bien (naturalmente, la primera forma es más económica); también puede darse variadas combinaciones de alternativas de cuantificación y forma de pago.

Además, al especializarnos en la materia, nos permite estudiar cada caso en detalle y ofrecer al cliente un acuerdo flexible y competitivo, a su medida en materia de honorarios, contemplando la situación particular

Cada caso es único. Por ello siempre nos ponemos a disposición para conversar y acordar el monto y la forma de abonar los honorarios. Consu lte sin compromiso aq , para obtener una cotización para su caso. 

Nos proponemos no ser un problema, sino una solución para usted y la circunstancia que le toca atravesar.

PRECAUCIONES EN MATERIA DE COSTOS a la hora de encarar una sucesión. RECOMENDACIONES

Siempre recomendamos hablar transparentemente de estos temas antes de iniciar cualquier proceso. 

Lamentablemente, en estas cuestiones se presenta una asimetría en el conocimiento que coloca al cliente en desventaja si no se le explican las importantes consecuencias económicas de todo proceso sucesorio.

Notamos que a menudo la gente se entera de sus obligaciones cuando el proceso ya está muy avanzado, y recién entonces advierte que tiene un conflicto de interés con el colega que no le explicó el costo de la sucesión. Nos llegan muchas consultas en esa situación, y aunque se puede mejorar algo la situación, se pierde muchísimo margen cuando la situación está planteada de este modo.

¿Cuáles son los primeros gastos para iniciar una sucesión?

Los gastos en la tramitación de una sucesión son graduales. Los gastos para iniciar el proceso no son tan significativos como se piensa: hasta la declaratoria, lo más oneroso son los edictos (un requisito para dar publicidad a la sucesión y citar herederos), y en general son bastante accesibles. Los gastos mayores (ver abajo) van a depender de los bienes, su valor y el lugar de tramitación del proceso.  Es por ello que sin conocer esos datos no se puede dar información certera.

Lo primero es la obtención de las partidas que acrediten los vínculos entre el fallecido y los herederos (en la sucesión “ab intestato” - sin testamento, como se explica más adelante), la planilla de inscripción en juicios universales, el bono y los edictos.  Todos son gastos relativamente menores.

¿Qué otros gastos hay que prever? Tasa de justicia, impuesto a la herencia, etc.

Sin perjuicio de los honorarios, que mencionamos más arriba, la inscripción es la etapa en la que los costos son mayores. El gasto total depende de qué bienes existen y de dónde tramita la sucesión.

En la Ciudad de Buenos Aires, al momento de inscripción en el Registro de la Propiedad, se paga la Tasa de Justicia del 1,5% del valor proporcional de los bienes que entran en la sucesión y los gastos de inscripción, que también son bajos.

En Provincia de Buenos Aires, los gastos son un poco mayores: se abona 2,2% de Tasa de Justicia, más Sobretasa de Justicia (10% del monto de la tasa, es decir, un 0,22% del total).  Asimismo, se pagan ingresos brutos y cargas previsionales. 

Si no es un departamento, es necesario realizar una agrimensura. Este costo dependerá del agrimensor que se contrate. Y la actualización del estado parcelario frecuentemente incremente (inexorablemente) el valor sobre el cual se calculan los gastos.

También hay otros gastos menores, como son los informes de dominio y de inhibiciones y su diligenciamiento, la valuación fiscal y la inscripción ante el registro de la propiedad inmueble u automotor si correspondiese.

Y según la jurisdicción, puede haber impuesto a las transmisiones gratuitas (que se conoce como "impuesto a la herencia"), como en la Provincia de Buenos Aires. Para más información, puede consultar en el sitio de A RBA las respuestas a las preguntas más frecuentes. Pero puede ser un costo significativo en algunos casos. 

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Honorarios accesibles, en CUOTAS (consulte aquí).

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Consulte aq  o al 15 6439 84 33 (Wsap p) / Skype / Chat / o email a info@estudio-breit.com.ar

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® (Por Alejandro Breit) - Derechos registrados. Prohibida su reproducción sin la autorización del autor.

 

Tema: ¿CUÁNTO CUESTA?

Re: Declaratoria de Herederos

Gustavo 29.08.2017
De igual modo, mas luego los contacto de manera individual por correo electrónico, ya que estoy interesado en sus servicios.

Muchas gracias.

Re: Re: Declaratoria de Herederos

Estudio Breit 31.08.2017
Muchas gracias. Aguardamos tu contacto, entonces. Lo de la jurisdicción lo mencionamos porque no depende de dónde está ubicado el bien, sino de la localidad del último domicilio del causante. Claro, aun cuando se pacte un honorario fijo, hay gastos (no honorarios) que tienen relación porcentual. Pero al ser gastos, no se pueden modificar contractualmente. Cualquier otra duda, lo seguimos por mail. Saludos.

Sucesión

Celeste 24.08.2017
¿El porcentaje se calcula en base al valor comercial de la vivienda (el que es tazado por la inmobiliaria)?

Re: Sucesión

Estudio Breit 24.08.2017
Muchas gracias por tu comentario. Hay datos muy importantes que no surgen de tu consulta (por ej., la jurisdicción, ya que como comentamos en la nota, hay distintas escalas), que son esenciales para poder orientarte correctamente. Incluso, se puede pactar un monto fijo, no directamente asociado al valor de la propiedad. Cualquier cosa, te invitamos a contactarnos, para analizar las particularidades de tu caso, si lo deseas, sin compromiso. Por favor contactanos por mail (info@estudio-breit.com.ar) o por tel (1564398433) para poder orientarte mejor. Saludos.

Sucesión

Laura 12.08.2017
Buenas noches, tengo la casa que era de mis padres, ambos fallecidos, la habitaba mi hermano que tambien fallecio, nunca se hizo sucesion, el costo de gastos y honorarios es el mismo? los tiempos de tramite aumentan? los porcentajes son siempre de la valuacion fiscal aunque la casa este en muy malas condiciones? Desde ya agradezco su atencion.

Re: Sucesión

Estudio Breit 12.08.2017
Muchas gracias por tu comentario. Hay datos muy importantes que no surgen de tu consulta, que son esenciales para poder orientarte correctamente. Cualquier cosa, te invitamos a contactarnos, para analizar las particularidades de tu caso, si lo deseas, sin compromiso. Por favor contactanos por mail (info@estudio-breit.com.ar) o por tel (1564398433) para poder orientarte mejor. Saludos.

sucesiòn de terrenos.

charles 10.08.2017
Buenas noches . somos 3 hermanos y una unica tia ( hermana de mi madre que fallecio) los terrenos estavan en nombre de mi abuelo, que despues fue pasado el testamento para mi madre y mi tia. Ahora queremos abrir sucesion entre los hermanos. son 22 teerrenos, como seria cobrado eso si estos terrenos tienen deudas. y nosotros no tenemos dinero para pagar esa deuda? cuales serian los gastos ? podria detallarme los gastos profesionales y los gastos docuemntales?
paso a paso.

Re: sucesiòn de terrenos.

Estudio Breit 10.08.2017
Muchas gracias por tu comentario. Hay datos muy importantes que no surgen de tu consulta, que son esenciales para poder orientarte correctamente. Cualquier cosa, te invitamos a contactarnos, para analizar las particularidades de tu caso, si lo deseas, sin compromiso. Por favor contactanos por mail (info@estudio-breit.com.ar) o por tel (1564398433) para poder orientarte mejor. Saludos.

Sucesión

Mauro 07.08.2017
Buenas noches, mi abuelo tiene un terreno a su nombre y en el terreno hay 3 casas, la de el, la de un hijo y la de otro hijo, dentro de esas tres vivía mi papa y mama que falleció y ahora vivimos los 3 hijos, el día que mis abuelos no estén que nos corresponde a nosotros al no estar mi papa, habría que arreglar algo antes de que fallezca nuestros abuelos los dueños del terreno? El tiene 3 hijos 1 falleció y los otros

Re: Sucesión

Estudio Breit 07.08.2017
Muchas gracias por tu comentario. A Uds. les corresponde (entre todos) lo que le correspondía a tu padre. Si eran 3 hijos y hay 3 casas iguales, sería 1 para cada 1. Cualquier cosa, te invitamos a contactarnos, para analizar las particularidades de tu caso, si lo deseas, sin compromiso. Por favor contactanos por mail (info@estudio-breit.com.ar) o por tel (1564398433) para poder orientarte mejor. Saludos.

Sucesion

Julio 04.08.2017
Hola quería preguntar mi madre falleció y yo no me habló con mis hermanos ellos dos iniciaron la sucesión con su abogado y yo meanoticie x lo tanto quiero poner mi propio abogado para comparecer .. el abogado de mis hermanos tiene derecho a cobrarme honorarios a mi siendo q yo tengo mi abogado? Gracias

Re: Sucesion

Estudio Breit & Asociados 04.08.2017
Muchas gracias por tu comentario. Sí, tendrá derecho a cobrarte por las tareas comunes que haya realizado. La sucesión beneficia a todos los herederos. Cuando hay más de un abogado, luego se califican las tareas que realiza cada uno, entre comunes y particulares. No, en realidad no ocurre eso en general. Cualquier cosa, te invitamos a contactarnos, para analizar las particularidades de tu caso, si lo deseas, sin compromiso. Por favor contactanos por mail (info@estudio-breit.com.ar) o por tel (1564398433) para poder orientarte mejor. Saludos.

Sucecion

Ramon 24.08.2017
Para abrir sucecion tengo fallecido madre y padre.mi padre vendio 25 %.y orto 25% .le dejo mi hermano se puede vender sin abrir susecion.

Sucesión

Gabriela 24.07.2017
Hola, una consulta. Tenemos q iniciar u a sucesión de un pariente fallecido en capital federal, es verdad que se cobra una multa por no iniciar La sucesión después de los dos años de el fallecimiento?

Re: Sucesión

Estudio Breit 26.07.2017
Muchas gracias por tu comentario. No, en realidad no ocurre eso en general. Cualquier cosa, te invitamos a contactarnos, para analizar las particularidades de tu caso, si lo deseas, sin compromiso. Por favor contactanos por mail (info@estudio-breit.com.ar) o por tel (1564398433) para poder orientarte mejor. Saludos.

Auto

Julia c Lorenzutti 12.07.2017
Yo tengo un auto ami nombre Lo tengo que dividir con mis hijos porque mi marido fallecio

Re: Sucesión de Auto

Estudio Breit 12.07.2017
Muchas gracias por tu comentario. Hay datos que no surgen de tu consulta (último domicilio del causante, radicación de los bienes, entre otros datos). Te invitamos a contactarnos, para analizar las particularidades de tu caso, si lo deseas, sin compromiso. Por favor contactanos por mail (info@estudio-breit.com.ar) o por tel (1564398433) para poder orientarte mejor. Saludos.

Tracto abreviado

Hernan 11.07.2017
Mediante tracto abreviado se puede efectuar la modificación del reglamento de coporpiedad previo a la venta de un inmueble afectado a Propiedad Horizontal?

Re: Tracto abreviado

Estudio Breit 12.07.2017
Sinceramente, no estoy seguro, porque es un tema notarial/registral muy específico, que tendrías que consultar con un escribano, pero aclaro por las dudas: el tracto abreviado es el que te permite vender en el mismo acto en que se exterioriza la inscripción de la declaratoria / testamento a tu nombre. Me parece que vos no te referís a una venta, sino a conservar la titularidad, pero en el mismo acto de la inscripción, modificar el reglamente. Me parece que no se aplicaría, en ese caso, el tracto abreviado.

sucesion

mirta 02.07.2017
tengo terminada la sucesion de mi abuela dueña de una casa.
el abogado no declaro en su momento de realizarla la muerte de su marido.
ahora tengo que hacer esa sucesion osea de mi abuelo, ya que la casa fue comprada por mi abuela estando casada.
Mi pregunta es....el abogado que realice la sucesion de mi abuelo solo cobraria honoratios por esa parte....ya que la de mi abuela esta terminada.

Re: sucesion

Estudio Breit 03.07.2017
Muchas gracias por tu comentario. Si está hecha la sucesión de tu abuela, efectivamente, sólo te deben cobrar la sucesión de tu abuelo. Te invitamos a contactarnos, para analizar las particularidades de tu caso, si lo deseas, sin compromiso. Por favor contactanos por mail (info@estudio-breit.com.ar) o por tel (1564398433) para poder orientarte mejor. Saludos.

sucesion

monica 29.06.2017
Mi mamá vivia en una casa a su nombre.Ella falleció. Las herederas somos mi hermana y yo.
Cual sería el costo de la sucesión de este inmueble que la inmobiliaria tasó en 120.000 dolares?

Re: sucesion

Estudio Breit 29.06.2017
Muchas gracias por tu comentario. Hay datos que no surgen de tu consulta (último domicilio de los causantes, radicación de los bienes, entre otros datos). Te invitamos a contactarnos, para analizar las particularidades de tu caso, si lo deseas, sin compromiso. Por favor contactanos por mail (info@estudio-breit.com.ar) o por tel (1564398433) para poder orientarte mejor. Saludos.

sucesion

gustavo 29.06.2017
un amigo quiere vender un auto pero su señora fallecio y esa a nombre de los dos cuanto le cuesta la sucesion?

Re: sucesion

Estudio Breit 29.06.2017
Muchas gracias por tu comentario. Si no entiendo mal, creo que ya estamos en contacto por mail. De lo contrario, te invitamos a contactarnos, para analizar las particularidades de tu caso, si lo deseas, sin compromiso. Por favor contactanos por mail (info@estudio-breit.com.ar) o por tel (1564398433) para poder orientarte mejor. Saludos.

Averiguacion

Marcela 24.06.2017
Hola! Que tal. Yo soy heredera de la casa de mis padres junto a dos hermanas. La sucesion de nuestros padres ya se pago. Ahora fallecio mi hermana, dejando 3 herederas la cual hicimos la declaratoria de herederos. Por mi hermana y agregandolas a la sucecion de mis padres. Venderemos el inmuebles de mis padres y de ahí se cobraran los abogados. Que porcentajes nos pueden llegar a pedir si hacemos un convenio para no judicializar sus honorarios

Re: Averiguacion

Estudio Breit 25.06.2017
Muchas gracias por tu comentario. La sucesión de tu hermana es un nuevo expediente sucesorio. La escala legal es entre 8.25 y 15 en Capital (o del 6 al 20 en Pcia. de Bs. As.). Se calcula sobre la parte de tu hermana, únicamente. Con esas pautas, podés acordar honorarios en más o en menos, según lo que hablen con los abogados, que entiendo que son quienes hicieron la sucesión de tus padres. Te invitamos a contactarnos, para hacerte nuestra propuesta de honorarios, si deseás que lo gamos, sin compromiso. Por favor contactanos por mail (info@estudio-breit.com.ar) o por tel (1564398433) para poder orientarte mejor. Saludos.

Sucecion

Ana 14.06.2017
Hola ,mi mama , mi papa y mi hermano fallecidos,cuantas sucesiones tengo que hacer soy única heredera

Re: Sucecion

Estudio Breit 15.06.2017
Muchas gracias por tu comentario. Hay datos que no surgen de tu consulta (último domicilio de los causantes, radicación de los bienes, entre otros datos). Te invitamos a contactarnos, para analizar las particularidades de tu caso, si lo deseas, sin compromiso. Por favor contactanos por mail (info@estudio-breit.com.ar) o por tel (1564398433) para poder orientarte mejor. Saludos.

Sucesion

Carina 23.05.2017
Hola mi papa fallecio hace 10 años y el departamento estaba a nombre de el y mi mama estado casados. todavia no hicimos la sucesion ni mi hermana ni yo. mi mama esta en pareja y quiere hacer el cerificado de convivencia. el a futuro puede reclamar algo? gracias

Re: Sucesion

Estudio Breit 23.05.2017
No veo que por eso le corresponda más que una pensión eventualmente. No debería perjudicarlos.

Costo tracto abreviado

Marcos 19.05.2017
cuánto cuesta el tracto abreviado a la hora de vender un dpto de US$150000?

(únicamente tracto, ya conozco el resto de los gastos)

Re: Costo tracto abreviado

Estudio Breit 20.05.2017
Si conocés todos los gastos de la sucesión, la inscripción por tracto abreviado es un ítem que te presupuesta el escribano, en la escritura de venta. El resto, son gastos comunes, con o sin tracto abreviado.

Sucesión

Anabela 15.05.2017
Hola queria hacerle una consulta! Mi abuela falleció hace 7 meses. Ella tiene 3 hijos , el cual uno fallecio hace un mes. Mi tio dejo 3 hijos Mi pregunta es que le corresponde a ellos en caso de alquiler o venta! Hay todo un problema con eso porque mi tia no los quiere hacer participe de nada con el tema de la casa porque dice que no les corresponde. Espero su respuesta muchas gracias!!

Re: Sucesión

Estudio Breit 15.05.2017
Muchas gracias por tu comentario. Hay datos que no surgen de tu consulta (último domicilio del causante, radicación de los bienes, entre otros datos). En cuanto a tus inquietudes puntuales, también te invitamos a contactarnos, para analizar las particularidades de tu caso, si lo deseas, sin compromiso. Por favor contactanos por mail (info@estudio-breit.com.ar) o por tel (1564398433) para poder orientarte mejor. Saludos.

Sucesión automotor

Noelia 15.05.2017
Hola quería saber el valor del trámite de sucesión de un auto renault 19 rn Bic berlina 5 puertas modelo 1994, era de mi mama, mis hermanos no lo quieren. El último domicilio de mi mama es en gran buenos aires. Agradezco su respuesta

Re: Sucesión automotor

Estudio Breit 15.05.2017
Muchas gracias, creo que ya estamos en contacto por mail. Continuamos por esa vía. Saludos.

sucesion

maria luisa 13.05.2017
buenas tardes:estamos en sucesion por el fallecimiento de mi padre, los herederos somos su esposa, mi hermana y yo.
su esposa recibe el 50% y nosotros el 25% cada una.
mi preguna es los honorarios tanto del abogado, como del escribano se dividen de acuerdo al porcenteje que cada uno recibe o se divide el total de los honorarios en partes iguales? es decir quisiera saber que porcentaje de honorario tengo que pagar?

Re: sucesion

Estudio Breit 13.05.2017
Gracias por tu consulta. La división no es tan simple. Te recomiendo que leas el artículo 39 de la ley 21839 y lo hablen con el abogado que se ocupa de la sucesión. Si necesitás una consulta, te invito a contactarnos y coordinar una cita, para explicártelo bien.

Re: Re: sucesion

maria luisa 17.05.2017
Buen dia; gracias por responder, aunque no me refiero a la division de etapas procesales.(ya q me han recomendado leer el art 39 )
mi pregunta es mas simple. Yo recibire un 25% de los bienes de la sucesion, y la que fuera esposa de mi padre el 50%. Es justo q yo deba pagar igual porcentaje de honorarios que la q fuera esposa de mi padre?

Re: sucesion

Estudio Breit 20.05.2017
Reitero que es algo que deben hablar con las partes interesadas. Pero al margen de si es justo o no, te destaco que la esposa recibe el 50% no por causa hereditaria, sino por disolución y liquidación de la comunidad de ganancias. Desde su perspectiva, que no es heredera, también puede lucir injusto pagar junto con los herederos. Por eso el art. 39 lo trata distinto. Incluso, en la tasa de justicia, no se paga sobre el 50% de la cónyuge supérstite, justamente, porque ese porcentaje no es sucesorio.

Re: Re: sucesion

maria luisa 20.05.2017
Muchas gracias por responder
Saludos

Sucesión

Maria 12.05.2017
Mi suegro fallecio en 2013 y mi suegra vive en geriatrico. En la casa de mis suegros vive mi hijo que quiere comprar la casa. Ademas de mi suegra esta mi marido y mi cuñado. Todavia no hicimos la sucesion de mi suegro. La casa sabemos va a quedar cuando mi suegra no este para los dos hermanos. Pero mi cuñado quiere que mi hijo le pague la mitad de la casa que le corresponde y firmarle un poder o no se como se llama. Mi pregunta es si se puede hacer eso y no tener problemas en el futuro ya que mi cuñado tiene tres hijas. Gracias

Re: Sucesión

Estudio Breit 13.05.2017
Muchas gracias por tu consulta. La parte de tu suegra sí se puede ceder, y si una cesión onerosa, no debería haber problema. La parte de tu suegra, si está viva, no se puede vender como sucesión en sí. Sí, tu suegra puede vender su parte. Si se desea, se puede hacer una operación en la que tu cuñado preste su conformidad y creo que podría estar ok.

Consulta

Cristina 11.05.2017
Mi marido vive en una casa ubicada en dos terrenos, uno a nombre su padrastro fallecido y otro a la madre del difunto, tambien fallecida. El padrastro de mi marido no tuvo hijos biologicos. El padrastro tiene 5 hermanos mas, de los cuales 4 ya fallecieron y queda 1 hermana.
Mi marido vive en los terrenos hace mas de 10 años. existe la posiblidad de tomar derecho por posesion o algo por el estilo o, es un caso perdido?

Re: Consulta

Estudio Breit 11.05.2017
Muchas gracias por tu comentario. Hay datos que no surgen de tu consulta (último domicilio del causante, radicación de los bienes, entre otros datos). En cuanto a tus inquietudes sobre derechos hereditarios, posesorios, etc., también te invitamos a contactarnos, para analizar las particularidades de tu caso, si lo deseas, sin compromiso. Por favor contactanos por mail (info@estudio-breit.com.ar) o por tel (1564398433) para poder orientarte mejor. Saludos.

Usufructo

Jorge 28.04.2017
Mi madre y padre estan vivos, pero mi padre tiene un problema cardiaco terminal. Ellos tienen una casa de 80 u$s y un plazo fijo de $ 140.000 en el banco a nombre de mi papa. Quiero saber que hacer para evitar cuando suceda que mi padre no este mi mama se quede con todo eso. Me comentaron de el usufructo en vida o algo asi. Yo y mi hermana tenemos lo nuestro no nos interesa tomar nada de mis viejos mientras ellos esten en vida. Luego veremos con mi hermana, pero se puede hacer algo para en vida el le done o le de a ella. Y cuando ella no este ver con mi hermana pero no hacer sucesiones?

Re: Usufructo

Estudio Breit 30.04.2017
Muchas gracias por tu comentario. Sin tener elementos suficientes para analizar en detalle tu caso, te diría que, en primer lugar, tu madre pase a ser cotitular o, en lo posible, titular exclusiva del plazo fijo. Eso le permitirá disponer del dinero.La vivienda, tendrá derecho a usarla hasta sus últimos días, y veo que Uds. no tienen ninguna intención distinta. Sin conocer mucho más del caso, dejaría la casa como está, por ahora, que nada le cambiará a tu madre. Llegado el momento, Uds. tendrán que hacer la sucesión, pero dudo de que cualquier cambio que quieran hacer ahora les resulte más efectivo o económico. Saludos.

Consulta sobre honorarios

Carolina 24.04.2017
Buenas tardes
Tengo un acuerdo de honorarios por una sucesión, lo único inscrito en el bien es un remanente a cobrar, quiero cambiar de abogado y quiero saber si tiene derecho a cobrar solo por el remanente o por futuros inmuebles a ingresar en la sucesión también? Muchas gracias por su ayuda

Re: Consulta sobre honorarios

Estudio Breit 25.04.2017
Muchas gracias por tu comentario. La sucesión es un proceso universal, y comprende todos los bienes. Hay que analizar ciertos detalles, pero en principio, es difícil ignorar el derecho arancelario de quien hizo la sucesión. Pero reitero, hay varios detalles y tecnicismos que pueden ser relevantes en este punto, como para minimizar el impacto de los temas no resueltos. Te invitamos a contactarnos, para analizar las particularidades de tu caso (expediente, radicación, fechas, valores, acuerdo, etc.), si lo deseas. Por favor contactanos por mail (info@estudio-breit.com.ar) o por tel (1564398433) para poder orientarte mejor. Saludos.
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