Su trámite de sucesión OnLine.

ESTUDIO BREIT & Asociados - Sucesiones Express

Lavalle 1783, 7mo "B" (C.A.B.A. - CP C1048AAO)
(15) 6439 8433
WhatsAPP: 5491164398433
Tel. (11) 4371-1007 / 4372-4624
SKYPE: ajp.breit - GTALK: ajp.breit@gmail.com
info@estudio-breit.com.ar

Daños y perjuicios - Salud - Obras sociales y Prepagas: El tiempo perdido en trámites debe ser indemnizado

22.06.2019 11:55

Perdió tiempo en trámites y obra social la indemnizará

La sentencia fue dictada por una Cámara Federal de Rosario. La entidad deberá pagar 100 mil pesos a una afiliada en concepto de daño moral por las horas de su vida que utilizó en hacer gestiones para la cobertura de su hija.

La Sala A de la Cámara Federal de Rosario confirmó una sentencia que condenó a laObra Social de Docentes Particulares (OSDOP) al pago de 100 mil pesos en concepto de daño moral en favor de una mujer, por haber dilatado la cobertura integral de atención médica de su hija, quien presenta una discapacidad.

Esto llevó a que, durante los años en que transcurrió el conflicto entre las partes, la mujer tuviera que encontrar maneras alternativas de costear la atención médica que su hija necesitaba. Al mismo tiempo, debió pagar también el costo de numerosas cartas de documento enviadas a la obra social, en las que exigió se le reintegraran los gastos en los que incurrió.

Para fundamentar la decisión, los jueces se basaron en los testimonios de distintos médicos que trataron a la mujer y su hija, quienes confirmaron la veracidad de sus reclamos.

"M. T. tenía muchos inconvenientes al momento de que le reconocieran algunas prestaciones. Tenía muchas dificultades al momento de presentar la documentación para que se le autorizara la medicación en tiempo y forma", graficó al respecto uno de los testigos.

Otro indicó que la situación llegó a un extremo tal que compañeros de trabajo de la mujer juntaron dinero para ayudarla, y que también solicitó asistencia a la municipalidad de Pérez, distrito en el que vive.

Comprobado el incumplimiento por parte de la obra social, la Cámara consideró que la mujer "no encontró una respuesta satisfactoria en la atención recibida", sino que por el contrario, "la situación por ella vivida durante muchos años, la pérdida de horas de su vida en las tramitaciones que se vio obligada a realizar, le han significado un padecimiento espiritual digno de ser indemnizado a título de daño moral".

Por ende, además de confirmar la sentencia de primera instancia -que hacía lugar al reclamo- ordenó el pago de cien mil pesos, a modo de resarcimiento.

Fuente: https://www.lmneuquen.com/una-obra-social-debera-indemnizar-una-mujer-el-tiempo-que-perdio-tramites-n634568 - 23 mayo 2019