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¿Qué deben hacer los inquilinos si se vence el contrato o no pueden pagar el alquiler durante la cuarentena?

31.03.2020 21:23

¿Qué deben hacer los inquilinos si se vence el contrato o no pueden pagar el alquiler durante la cuarentena?

Muchos contratos terminarán o empezarán durante el aislamiento y las dudas se suman a la dificultad de abonar en mano.

26 DE MARZO, 2020 | 18.27

Por Carla Pelliza

El anuncio de Alberto Fernández fue celebrado por los inquilinos y agrupaciones que los representan. Congelar los aumentos de los alquileres por 180 días y suspender los desalojos son un paso importante para un sector poco representado en las políticas públicas. Sin embargo, hay ciertas dudas que en estos días de cuarentena cobraron una relevancia vital y tienen una solución: vencimiento de contratos, superposición de los mismos o la imposibilidad de abonar la mensualidad correspondiente.

Fernando Muñoz, director de la Defensoría del Inquilino dentro de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, detalló a El Destape cuáles son las principales consultas que reciben estos días y qué hacer para solucionarlas. El 70% está relacionado a la finalización del contrato. Como no todos terminan a fin de mes, una parte de los inquilinos ya señaron o firmaron convenios nuevos y están en la etapa de la mudanza, que por el aislamiento no puede realizarse. Ante esta situación, la pregunta central es ¿tendrán que pagar por las dos viviendas? La respuesta es no.

Según explicó Muñoz, "la prórroga del contrato es indefectible hasta el momento en que se levante la cuarentena" y el inquilino está legalmente protegido ante esta situación. Como no se puede circular por la calle, mucho menos con un camión de mudanza, hay una razón de fuerza mayor que impide el traslado y está estipulada en el Código Civil.

Por eso, el inquilino deberá notificar tal situación al propietario o inmobiliaria. La misma tendrá que hacerse por correo electrónico, ya que la medida legal formal es una carta documento pero actualmente no puede hacerse. En el texto, se especificará que "por razones de fuerza mayor, amparado en el decreto 297/20, no voy a poder hace entrega de las llaves y, hasta que el Gobierno Nacional no levante el aislamiento obligatorio, prorrogo el contrato".

En paralelo, le notificarán lo mismo a la locadora del nuevo departamento especificando que el contrato tendrá que rectificar la fecha de inicio del alquiler, la cual deberá agregarse debajo del documento legal, y recién comenzará a pagar cuando esa fecha llegue.

Si bien eso vale para todo el territorio nacional, en caso de que no se le conceda tal solicitud en CABA, deberá hacer la denuncia en la Fiscalía General porteña o en la comisaría más cercana, ya que si obligan a la persona a dejar la casa, la obligan a incumplir el decreto presidencial.

Muñoz detalló que es difícil conocer cuántos contratos terminarán a fines de marzo porque no hay un registro público. Sin embargo, estiman que serán cerca de 15 mil en la Ciudad. Ésto conlleva una nueva complejidad: ¿qué pasa si el vencimiento llega los primeros días de abril y la cuarentena finaliza el 31 de este mes? La persona no pudo buscar una nueva vivienda por el aislamiento y deberá iniciarse una etapa de negociación.

El inquilino tendrá tres frentes que atender: el intermediario, el locador y el banco o financiera que le otorgó un seguro de caución. Desde la Defensoría recomendaron que la Superintendencia de Seguros de la Nación notifique la situación de fuerza mayor que se vive para que esas entidades comprendan que el locatario necesitará un mes más para encontrar vivienda y no le cobren los punitorios habituales.

El segundo problema más recurrente gira en torno a la modalidad de pago, teniendo en cuenta que se paga en efectivo y en mano en un 85% de los casos. Ante esa situación, recomendó que el inquilino le exija al propietario o inmobiliaria la habilitación de un CBU para abonar. De no hacerlo el pago quedará a disposición hasta que el Gobierno levante el aislamiento, cubriendo a la persona ante posibles punitorios.

Pero también la Defensoría atiende reclamos por problemas de infraestructura en las viviendas. El mantenimiento de la misma le corresponde al propietario y, por ejemplo, ante un eventual corte de gas será imposible conseguir a una persona matriculada que restituya el servicio. Frente a ello, recomendaron exigir la reducción del pago durante el tiempo que dure el inconveniente hasta que se resuelva.

Párrafo aparte merecen los casos particulares que llegan al organismo ante la dificultad para pagar por la falta de trabajo generada por la pandemia y consiguiente aislamiento o la incertidumbre en torno a la fecha en la que se depositará el subsidio extraordinario de $10.000 anunciado por el Gobierno.

Muñoz detalló que los hoteles, inquilinatos y pensiones dependerán de medidas particulares para el sector. Hace 48 horas, la Defensoría elevó una recomendación al Gobierno porteño para que atienda el hacinamiento que se vive en estos lugares, que son habitados por unas 100 mil personas en la Ciudad, y entregue elementos de higiene ante la crisis sanitaria.

Una de las soluciones podría ser fijar un precio único, durante seis meses, para las habitaciones. En general, el alquiler de una de ellas ronda los $10.000 y los gastos de luz se cobran aparte, con cargos complementarios por el uso de artefactos. Ésto hace que queden fuera de la prohibición de cortes ya que el titular del servicio es el dueño de la propiedad y no los usuarios finales.

La situación es compleja, pero destacó que el paso tomado por el Gobierno es muy importante. El congelamiento de alquileres implicará un ahorro mensual de $2.500 en promedio para los inquilinos de la Ciudad que tengan fijado un ajuste para estos meses, y unos $1.500 a nivel nacional. Sin embargo, la preocupación es la propia ante una situación excepcional como ésta: no saber qué pasará la semana que viene ni cómo harán para solventar su economía quienes viven al día.

"Es la primera vez que se toma una medida concreta para los inquilinos", dijo Muñoz, pero alertó que es necesario que la medida sea efectiva antes del 31 de marzo, cuando a muchos les van a regir los nuevos aumentos.

Fuente https://www.eldestapeweb.com/nota/-que-deben-hacer-los-inquilinos-si-se-vence-el-contrato-o-no-pueden-pagar-el-alquiler-durante-la-cuarentena--202032618270